LA JUNTA PUBLICA LAS BASES DE SUBVENCIONES REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS
LA JUNTA PUBLICA LAS BASES DE SUBVENCIONES REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS
Estas bases reguladoras serán de aplicación a las líneas de subvenciones que se identifican a continuación:
Línea 3. Subvenciones para la rehabilitación a nivel de edificio.
Línea 4. Subvenciones para la mejora de la eficiencia energética en viviendas.
Línea 5.1. Subvenciones para la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación.
Línea 5.2. Subvenciones para la redacción de proyectos de rehabilitación.
La convocatoria de las líneas de subvenciones incluidas en estas bases reguladoras se aprobará por orden de la Consejería competente en materia de vivienda y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En dicha orden se establecerán el plazo de presentación de solicitudes, así como las cuantías totales máximas destinadas a cada una de las líneas de subvenciones convocadas. Además, se incorporarán a la misma los correspondientes formularios de solicitud y subsanación, y de alegaciones, presentación de documentación y aceptación, así como el modelo de acuerdo de designación de agente o gestor de la rehabilitación.