Línea 4. Subvenciones para la mejora de la eficiencia energética en viviendas
Línea 4. Subvenciones para la mejora de la eficiencia energética en viviendas | Actuaciones:
Actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas, ya sean unifamiliares o pertenecientes a edificios de tipología residencial colectiva en las que se consiga (una o varias de las tres opciones): · una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos el 7% · o una reducción del consumo de energía primaria no renovable (∆Cep.nren) de al menos un 30%, ambas referidas a la calificación energética. · o modificación o sustitución de elementos de la envolvente térmica que cumplan valores de transmitancia térmica y permeabilidad del aire establecidos en el CTE. o Mejora de la envolvente térmica (Cubiertas, fachadas, huecos) o Mejora en eficiencia energética de instalaciones. (Calefacción, Refrigeración, Agua Caliente sanitaria). No serán subvencionables las actuaciones de inversión en generadores térmicos que utilicen combustible de origen fósil. o Empleo de energías renovables. (Autoconsumo, Climatización, Agua Caliente Sanitaria) |
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Cuantía de Ayudas | Destinatarios:
· Las personas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de viviendas, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica.
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% máximo de subv. coste | Cuantía máxima por vivienda | |
40 % | 3.000 € | |
El coste mínimo de la actuación ha de ser igual o superior a 1.000 euros
por vivienda. |
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Costes subvencionables (obras, honorarios profesionales, gastos de gestión y tramitación administrativa).
Los gastos incluyen IVA cuando no sea reembolsable. Licencias, tasas y tributos no subvencionables. Compatibles con cualesquiera otras ayudas públicas para el mismo objeto, siempre que no se supere el coste total de las actuaciones y siempre que la regulación de las otras ayudas ya sean de ámbito nacional o europeo lo admitan. |
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Requisitos de solicitantes:
· Cuando sean personas jurídicas, deberán encontrarse debidamente constituidas, según la normativa que les resulte de aplicación. · Cuando sea la persona arrendataria de la vivienda, deberá contar con la autorización de la persona propietaria para la realización de las actuaciones objeto de la solicitud. · Las viviendas objeto de las actuaciones para las que se solicite financiación han de constituir el domicilio habitual y permanente de las personas propietarias, usufructuarias o arrendatarias en el momento de la solicitud de la subvención. · Certificado de eficiencia energética de vivienda en su estado actual (anterior al inicio de las actuaciones subvencionables), registrado en el Registro de Certificados Energéticos Andaluces · Los gastos subvencionables han de haberse realizado con posterioridad al 1 de febrero de 2020. |
Solicitud y documentación:
· Solicitud. Formulario Anexo I (Hasta 05 de abril de 2024) · Alegaciones/Aceptación y presentación de documentos Formulario Anexo II (10 días desde notificación) · Aceptación expresa, con sus anexos (15 días desde notificación) – Datos del solicitante y, en su caso, acreditación de la representación. – En su caso, acuerdo de designación de persona o entidad Agente o Gestora de la Rehabilitación (Formulario Anexo III). – Documentación acreditativa de la titularidad de la vivienda y, en su caso, contrato de arrendamiento y acuerdo entre la persona propietaria y arrendataria. – Declaraciones responsables de cumplimiento de requisitos. – Datos de vivienda objeto de actuación – Tipo de actuación. Proyecto de la actuación a realizar o, en su caso, memoria justificativa suscrita por técnico competente. – Evaluación favorable de «no causar un perjuicio significativo al medio ambiente» (DNSH). – Certificado de eficiencia energética de vivienda en su estado actual registrado, indicando herramienta utilizada. – Certificado de eficiencia energética obtenido indicando consumo de energía primaria inicial o demanda inicial y el consumo previsto tras la actuación. – Documentos acreditativos de los costes subvencionables relativos a los honorarios profesionales y otros gastos. – Solicitud y/o licencia urbanística o autorización municipal análoga. – Reportaje fotográfico del estado previo a las actuaciones. Finalización y documentación: Dado que se pueden establecer diferentes formas de pago, que implican la aportación de diferente documentación, consultar la web:
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