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EL NUEVO REGLAMENTO DE RESIDUOS SIMPLIFICA TRÁMITES Y REFUERZA LAS MEDIDAS PARA REDUCIR, RECICLAR Y REUTILIZAR

EL NUEVO REGLAMENTO DE RESIDUOS SIMPLIFICA TRÁMITES Y REFUERZA LAS MEDIDAS PARA REDUCIR, RECICLAR Y REUTILIZAR 30-04-2012

La Junta de Andalucía ha publicado en BOJA el nuevo reglamento de Residuos de Andalucía que sustituye al vigente desde 1995. El nuevo texto incorpora medidas de simplificación administrativa y liberalización de servicios, además de desarrollar la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental y dar respaldo normativo a los dos planes que actualmente desarrolla la Junta para los residuos peligrosos y no peligrosos. De acuerdo con esta planificación, el reglamento establece las bases para garantizar la autosuficiencia en la gestión y alcanzar el objetivo de las denominadas ‘tres R’: reducir la producción, reciclar lo recogido y reutilizar el resto atendiendo a su grado de viabilidad.

Las medidas de simplificación administrativas recogidas en la norma se enmarcan en el desarrollo de la Directiva europea de servicios en el mercado interior, que en Andalucía ha supuesto ya la modificación de 16 leyes y un centenar de decretos. Entre las novedades en este sentido destaca la sustitución del trámite de autorización previa por el de comunicación o declaración responsable, por parte del promotor, para todas aquellas actividades que no requieren el uso de instalaciones de tratamiento, como las relativas a producción, transporte, recogida sin instalación asociada, agente o negociante.

La comunicación de inicio de actividad, que puede ser verificada a posteriori mediante inspecciones, también se extiende a las instalaciones de depuración de aguas residuales de actividades no domésticas, sin limitación de la cantidad de lodos producida.

En el caso de la gestión integral bajo el principio de responsabilidad ampliada del productor, el reglamento distingue entre sistemas individuales, para los que se exige comunicación, y colectivos, que requerirán autorización. De acuerdo con este modelo, recogido en la legislación autonómica e iniciado en Andalucía con los plásticos agrícolas y los desechos electrónicos, son los propios fabricantes, distribuidores y comerciantes los que se hacen cargo de los residuos a través de agrupaciones autorizadas por la Junta que cubren el ciclo completo de recogida, transporte, almacenamiento, clasificación y tratamiento final.

Con la sustitución de autorizaciones previstas por comunicaciones, se iguala el tratamiento administrativo para todas las personas o entidades productoras. De igual modo, se modifica el registro de autorizaciones para instalaciones de gestión, con el fin de unificar la información sobre residuos peligrosos y no peligrosos, así como para dar cabida a las nuevas figuras que aparecen en la legislación nacional (Ley 22/2011, de Residuos y Suelos Contaminados, de 28 de julio) que quedan incorporados a la normativa andaluza en este Reglamento, como es el caso de “negociantes” o “agentes”.

 Por su parte, la gestión de residuos específicos de construcción y demolición necesitará de una fianza con carácter previo a la licencia municipal o, para aquellas obras exentas de la misma la constitución de la fianza estará integrada en los instrumentos de prevención ambiental.

Objetivos

En líneas generales, el nuevo reglamento incorpora los objetivos de la planificación que actualmente se desarrolla en Andalucía y que se concreta en el Plan de Prevención y Gestión de Residuos Peligrosos 2012–2020 y en el Plan Director Territorial de Gestión de Residuos no Peligrosos de Andalucía 2010-2019. El texto introduce la obligatoriedad de cumplir con las metas definidas en minimización de la producción, prevención, reciclado, reutilización y valorización.

En el caso de los residuos peligrosos, éstos se dirigen a consolidar la autosuficiencia de la comunidad autónoma en la gestión, la reducción de la producción y el adecuado tratamiento de las 235.000 toneladas de este tipo de desechos que anualmente se generan en Andalucía. 

El plan pretende reducir la producción de residuos en origen a través de la generalización de las medidas que ya aplican las grandes industrias bajo el criterio de ecoeficiencia (producir más bienes con menos desechos). La Junta apoya prioritariamente las iniciativas dirigidas a la reutilización y al uso de subproductos que posibiliten la disminución del consumo de recursos naturales, con el fin de alcanzar en 2020 la valorización del 100% de los residuos que pueden ser aprovechados en los procesos productivos.

Respecto a la gestión, entre otras previsiones se trataría de reducir a la mitad el límite de 27.268 toneladas anuales fijado en el anterior plan para las entradas de residuos peligrosos procedentes de fuera de Andalucía con destino a su eliminación directa en depósitos de seguridad. La medida pretende garantizar la vida útil de estas instalaciones y consolidar la autosuficiencia de la comunidad autónoma en este ámbito, ya que actualmente el 90% de sus residuos peligrosos se trata en instalaciones de la región, mientras que el 10% se destina a otros territorios para su tratamiento final.

Por su parte, resaltar como objetivo para los residuos no peligrosos, en el periodo 2010-2019, inversiones de 2.184 millones de euros para construcción y mejora de instalaciones, así como para alcanzar en la comunidad autónoma el objetivo de las ‘tres R’. La prioridad se dirige a la preparación del residuo para su reutilización, reciclado y valorización material y valorización energética, dejando el depósito en vertederos como última opción en la jerarquía de gestión de los residuos. Para mejorar los niveles de reutilización y completar las infraestructuras, el Plan Director recoge entre sus principales novedades la construcción en cada provincia de una planta de valorización de residuos para su aprovechamiento en la producción de energía.

Puntos limpio

El reglamento también recoge las previsiones del plan respecto a la red andaluza de ‘puntos limpios’, espacios que funcionan como centros de acopio para hacer posible la recogida de residuos de origen doméstico para su posterior tratamiento, fundamentalmente enseres domésticos, escombros, residuos de aparatos eléctricos y electrónicos...etc. En este ámbito, se plantea ampliar la actual dotación hasta los 268 puntos fijos y 34 móviles, además de prever otros 139 adicionales para cubrir las necesidades de los municipios mayores de 5.000 habitantes.

De acuerdo con el reglamento, el plazo de reserva de suelo necesaria para la construcción de puntos limpios municipales en los instrumentos de planeamiento urbanístico será de dos años para las localidades de más de 5.000 habitantes y de cuatro años para los de más de 2.000 habitantes.

En relación a residuos específicos establece la obligación de utilizar neumáticos recauchutados para los vehículos de titularidad o en régimen de alquiler a largo plazo de cualquiera de las instituciones que integran la Junta de Andalucía y las flotas de transporte público de viajeros de competencia de la Junta de Andalucía.

Fuente: Consejería de Medio Ambiente

30/04/2012