INSCRIPCIÓN DE EMPRESAS COLABORADORAS EN PROYECTOS, DIRECCIÓN FACULTATIVA Y GESTIÓN ENERGÉTICA
INSCRIPCIÓN DE EMPRESAS COLABORADORAS EN PROYECTOS, DIRECCIÓN FACULTATIVA Y GESTIÓN ENERGÉTICA 14-04-2014
El Decreto-ley 1/2014, de
18 de marzo, por el que se regula el Programa de Impulso a la Construcción
Sostenible en Andalucía tiene por objeto facilitar la realización de
inversiones de ahorro y eficiencia energética y energías renovables en los
edificios ubicados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, efectuando su
convocatoria para los años 2014 y 2015. Para ello, una de las líneas consiste
en una serie de incentivos para llevar a cabo:
·
Obras
de adecuación energética de edificios (descritas en anexo 1)
·
Instalaciones
energéticamente eficientes en la edificación e infraestructuras, eléctricas o
térmicas (descritas en anexo II).
Incluyen
dentro de los costes incentivables los siguientes gastos:
a)
Gastos de obra civil directamente vinculados a la actuación incentivable.
b)
Adecuación de los elementos de las edificaciones afectadas por la realización
de las medidas objeto de los incentivos, inclusive en su caso, la restitución
de la realidad alterada por la adecuación a la situación anterior.
c)
Instalaciones, equipos y elementos auxiliares.
d)
Montaje, desmontaje o demolición de elementos existentes.
e)
Equipos para la medición, seguimiento, control y gestión de las instalaciones y
actuaciones incentivables, incluidos los elementos que permiten difundir los
resultados energéticos y medioambientales ligados a las actuaciones realizadas.
f)
Proyectos, dirección facultativa y gestión energética.
En
este último caso aquellas empresas que realicen exclusivamente los proyectos, dirección facultativa y gestión
energética deberán ser objeto de una solicitud
de incentivo independiente al de las obras a las que se refieran. La cuantía
de este incentivo será del 80% del coste
incentivable para este concepto, con un porcentaje máximo del 15% del
presupuesto de ejecución material de las obras objeto del proyecto.
Las empresas que
realicen exclusivamente los proyectos,
dirección facultativa y gestión energética podrán intervenir como empresas
colaboradoras con esa tipología específica, debiendo para ello formalizar la
solicitud de adhesión conforme al formulario previsto en el Anexo IV
http://www.juntadeandalucia.es/export/drupaljda/anexoIV_2.pdf
Comprobado los extremos
requeridos en la solicitud, se asignará un código identificativo y se
inscribirá en el registro de empresas colaboradoras que se publicará en la web de la Consejería
de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo. La empresa solicitante no estará
autorizada a actuar como empresa colaboradora en este Programa hasta tanto no
figure inscrita en el citado registro
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