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MODIFICACIÓN DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN FRENTE A AGENTES CANCERÍGENOS

MODIFICACIÓN DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN FRENTE A AGENTES CANCERÍGENOS

En BOE de 3 de julio se ha publicado Real Decreto 612/2024, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.

La principal novedad de esta disposición reside en la introducción en la esfera de protección de los agentes reprotóxicos (tóxicos para la reproducción), con nuevas definiciones  y especificidades derivadas de la existencia de agentes reprotóxicos según cuenten o no con umbrales, así como un plazo específico de conservación de determinados documentos. Por otro lado refuerza  las medidas dirigidas a sustituir  en la medida en que sea técnicamente posible, la utilización en el trabajo de agentes carcinógenos, mutágenos o reprotóxicos, y cuando no sea posible, medidas de prevención y reducción de la exposición, medidas de higiene personal y de protección individual (entre ellas  el empresario se responsabilizará del lavado y descontaminación de la ropa de trabajo, quedando rigurosamente prohibido que los trabajadores se lleven dicha ropa a su domicilio para tal fin), de vigilancia de la salud y documentación, información y formación de los trabajadores. Así mismo añade  catorce nuevos agentes en la tabla de valores límite de exposición profesional del anexo III, así como el establecimiento de un nuevo anexo III bis, Valores límites biológicos vinculantes y medidas de vigilancia de la salud que incorpora de un valor límite biológico de plomo en sangre y de las circunstancias en que procede efectuar el control biológico.

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03/07/2024