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NUEVAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE INCENTIVOS PARA EL DESARROLLO ENERGÉTICO SOSTENIBLE DE ANDALUCÍA

NUEVAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE INCENTIVOS PARA EL DESARROLLO ENERGÉTICO SOSTENIBLE DE ANDALUCÍA 30-12-2016

La Consejería de Empleo, Empresa y Comercio ha publicado hoy en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) las bases reguladoras de la nueva Orden de Incentivos para el Desarrollo Energético Sostenible 2020 y abrirá en los próximos días el periodo de adhesión para las entidades colaboradoras que deseen formar parte de este programa.

El Programa contará con tres líneas de ayudas: construcción sostenible, pyme sostenible y redes inteligentes, y promoverá actuaciones de mejora energética que faciliten a hogares, empresas y administraciones reducir su demanda energética y utilizar la energía de la forma más inteligente y eficiente posible.
Las tres líneas de incentivos prevén la intervención de entidades colaboradoras dirigido a todos aquellos profesionales y empresas proveedoras de bienes y prestadoras de servicios que deseen participar en el programa. La adhesión dará comienzo el próximo 16 de enero y se mantendrá abierto durante toda la duración de la Orden, es decir, hasta el año 2020. Estas entidades colaboradoras serán seleccionadas mediante un procedimiento que se regula en las propias bases y que estarán inscritas un registro de acceso público a través de la web de la Agencia Andaluza de la Energía.

Cada línea de incentivo consta de un Catálogo de Actuaciones Energéticas, que contienen tanto la delimitación de cada una de las actuaciones y su objeto como su alcance y condiciones específicas de ejecución, a los que se aplica una intensidad de incentivo general. En el caso de Construcción Sostenible serán incentivables

A. Obras de adecuación para la reducción de la demanda de energía e instalaciones energéticamente eficientes en los edificios e infraestructuras de las ciudades.
   A.1. Mejoras en el comportamiento térmico de los edificios o viviendas.
      A.1.1. Soluciones tradicionales para el aislamiento en cerramientos, cubiertas o suelo.
      A.1.2. Disposición de ventanas o huecos acristalados térmicamente eficientes.
      A.1.3. Medidas de protección solar o sombreado.

   A.2. Aprovechamiento de la luz natural y su combinación con iluminación artificial en proyectos de arquitectura de la luz.
   A.3. Soluciones bioclimáticas o con alto valor añadido.
   A.4. Generación de energía para autoconsumo mediante energías renovables e instalaciones de alta eficiencia energética.
      A.4.1. Sistemas energéticamente eficientes para la generación de calor.
      A.4.2. Sistemas para la generación de electricidad o la cogeneración de calor y electricidad.
   A.5. Mejora energética del equipamiento e instalaciones para los servicios públicos y los edificios.
      A.5.1. Reforma energética en la climatización, ventilación o refrigeración usada en edificios.
      A.5.2. Reforma energética en instalaciones de agua en los edificios y los servicios públicos.
   A.6. Dotación de instalaciones energéticamente eficientes de iluminación.
      A.6.1. Iluminación interior.
      A.6.2. Iluminación exterior y del paisaje.
B. Procesos o soluciones inteligentes para la evaluación y la gestión energética de los edificios y las ciudades.
C. Actuaciones de mejora energética en edificios e instalaciones a través de servicios energéticos.

30/12/2016