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PLAN ESTATAL DE FOMENTO DEL ALQUILER DE VIVIENDAS, LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA Y LA REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANAS, 2013-2016

PLAN ESTATAL DE FOMENTO DEL ALQUILER DE VIVIENDAS, LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA Y LA REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANAS, 2013-2016 10-04-2013

Hoy se ha publicado el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016. Establece ayudas orientadas a fomentar el acceso a la vivienda en régimen de alquiler a sectores con dificultades económicas, al fomento de un parque público de vivienda de alquiler, a la rehabilitación de edificios y la regeneración y renovación de zonas urbanas, a la implantación del informe de evaluación de edificios y al fomento de ciudades sostenibles y competitivas. Para la consecución de sus objetivos, el Plan se estructura en los siguientes Programas:

1.        Programa de subsidiación de préstamos convenidos para mantener las ayudas de subsidiación concedidas en aplicación de Planes de vivienda anteriores, para ayudar a los deudores hipotecarios con menos recursos a hacer frente a las obligaciones de sus préstamos

2.        Programa de ayuda al alquiler de vivienda para facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda en régimen de alquiler a sectores de población con escasos medios económicos

3.        Programa de fomento del parque público de vivienda de alquiler

4.        Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria para financiación de la ejecución de obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio así como en los elementos y espacios privativos comunes, de los edificios de tipología residencial colectiva. Los inmuebles deberán tener una antigüedad anterior a 1981 y al menos el 70% de su superficie debe tener uso residencial de vivienda y constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.               Se establecen como Actuaciones subvencionables:

o    Para la conservación en caso de informe de evaluación del edificio o ITE desfavorables:

Relativas al estado de conservación de la cimentación, estructura e instalaciones.

Relativas al estado de conservación de cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías u otros elementos comunes, cuando se realicen en edificios declarados Bienes de Interés Cultural, catalogados o protegidos, o situados dentro de conjuntos histórico-artísticos, o cuando no concurriendo dichas circunstancias, se ejecuten simultáneamente con actuaciones para la mejora de la calidad y sostenibilidad.

En las instalaciones comunes de electricidad, fontanería, gas, saneamiento, recogida y separación de residuos y telecomunicaciones, con el fin de adaptarlas a la normativa vigente.

o    Para la mejora de la calidad y sostenibilidad en los edificios:

Mejora de la envolvente térmica del edificio

Instalación de sistemas de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria y ventilación para el acondicionamiento térmico, o el incremento de la eficiencia energética de los ya existentes.

Instalación de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables

Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones comunes de ascensores e iluminación.

Mejora de las instalaciones de suministro e instalación de mecanismos que favorezcan el ahorro de agua, así como la implantación de redes de saneamiento separativas en el edificio y de otros sistemas que favorezcan la reutilización de las aguas grises y pluviales en el propio edificio o en la parcela o que reduzcan el volumen de vertido al sistema público de alcantarillado.

Mejora o acondicionamiento de instalaciones para la adecuada recogida y separación de los residuos domésticos

Mejora del cumplimiento de los parámetros establecidos en el Documento Básico del Código Técnico de la Edificación DB-HR

Acondicionamiento de los espacios privativos de la parcela para mejorar la permeabilidad del suelo, adaptar la jardinería a especies de bajo consumo hídrico, optimizar los sistemas de riego y otras actuaciones bioclimáticas

o    Actuaciones para realizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad, las que adecuen los edificios y los accesos a las viviendas y locales, a la normativa vigente

5.        Programa de fomento de la regeneración y renovación urbanas para la financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios y viviendas, de urbanización o reurbanización de espacios públicos y, en su caso, de edificación en sustitución de edificios demolidos, dentro de ámbitos de actuación previamente delimitados con la finalidad de mejorar los tejidos residenciales, y recuperar funcionalmente conjuntos históricos, centros urbanos, barrios degradados y núcleos rurales

6.        Programa de apoyo a la implantación del informe de evaluación de los edificios para impulsar  la implantación y generalización de un Informe de evaluación de los edificios que incluya el análisis de las condiciones de accesibilidad, eficiencia energética y estado de conservación de los mismos, mediante una subvención que cubra parte de los gastos de honorarios profesionales por su emisión

7.        Programa para el fomento de ciudades sostenibles y competitivas para la financiación de la ejecución de proyectos de especial trascendencia: Mejora de barrios, Centros y cascos históricos: Renovación de áreas funcionalmente obsoletas: Renovación de áreas para la sustitución de infravivienda: Ecobarrios: Zonas turísticas.

 

Este real decreto entrará en vigor mañana.

 

10/04/2013